Ahora el tope para percibir la asignación por matrimonio es de 30 mil pesos por cónyuge |
Una vez transcurridos dos meses y dentro de los dos años de celebrado el enlace, la ANSES abona $1687 a cada uno de los contrayentes, siempre que no superen los $60.000 brutos de ingresos entre ambos. Luego del anuncio realizado en febrero pasado por el presidente de la Nación, Mauricio Macri, sobre la ampliación de las asignaciones familiares y la modificación de sus topes, ahora pueden acceder al cobro de la Asignación Familiar por Matrimonio quienes ganen hasta 30 mil pesos brutos de manera individual y que, a la vez, no superen los $60.000 brutos de ingresos entre ambos cónyuges. Al respecto, el titular de la ANSES, Emilio Basavilbaso, indicó: “De esta forma, desde el Gobierno Nacional estamos ampliando derechos y expandiendo la cobertura de las asignaciones familiares a cada vez más argentinos, con el objetivo de alcanzar la meta de pobreza cero. Además, al brindar cada vez más beneficios para los trabajadores asalariados estamos incentivando el trabajo formal”. Para ello, el titular tendrá que obtener un turno a través del número gratuito 130, opción “Asignaciones Familiares – Prestaciones de Pago Único”, o desde www.anses.gob.ar, sección Turnos online, Solicitar turno, Asignaciones Familiares, y de la lista desplegable elegir la opción Asignaciones Familiares – Prestaciones de Pago Único (Nacimiento, Nacimiento sin Vida, Matrimonio, Adopción). Documentación a presentar Original de la nota “Solicitud Prestación por Nacimiento/ Adopción/ Matrimonio”, provista por la ANSES o nota en la cual solicite el pago de la Asignación Familiar por Matrimonio, la que deberá contener: nombre y apellido del titular, Nº de CUIL, fecha en la que contrajo el matrimonio, provincia, localidad y/o código postal en el cual desea percibir esta asignación familiar para asignarle una boca de pago. Original y fotocopia del DNI del titular y de su cónyuge. · Original y fotocopia del certificado/ partida de matrimonio. · Si el matrimonio se produjo en el extranjero, original y fotocopia de la partida de matrimonio (en cuanto a las partidas extranjeras ver Aclaraciones de la cartillaActualización de vínculos familiares). |
miércoles, 13 de abril de 2016
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